Subsidio por desempleo: cambios y novedades que entran en vigor en noviembre

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Nuevas Claves del Subsidio por Desempleo a Partir de Noviembre

Nuevas Claves del Subsidio por Desempleo a Partir de Noviembre

A partir del 1 de noviembre, entrará en vigor una reforma importante del subsidio por desempleo en España, que promete beneficiar a un mayor número de personas en situación de desempleo. Esta medida, aprobada por el Gobierno hace cinco meses, busca ampliar el acceso a las ayudas y facilitar su compatibilidad con otros ingresos.

Aumento en la Cuantía del Subsidio

Con esta reforma, la cuantía mensual del subsidio por desempleo aumentará de 480 a 570 euros, lo que representa un incremento de 90 euros. Este cambio se debe a un ajuste en el porcentaje del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que se utilizará como referencia. Durante los primeros seis meses, el subsidio representará el 95% del Iprem, fijado en 600 euros. Después, se reducirá al 90% (540 euros) durante seis meses y, finalmente, al 80% (480 euros) durante el resto del tiempo que dure la ayuda.

Beneficiarios del Subsidio

Cerca de un millón de personas en situación de desempleo se beneficiarán de este subsidio, destinado a quienes no tienen derecho a una prestación contributiva. Este subsidio se podrá recibir durante un máximo de 30 meses y se aplicará en varias situaciones:

  • Cuando se pierde la prestación contributiva.
  • Cuando no se ha cotizado lo suficiente para acceder a ella.
  • Para personas mayores de 52 años.

Con la nueva normativa, se incluirán nuevos colectivos como:

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
  • Trabajadores eventuales agrarios.
  • Personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla.
  • Aquellos con menos de 6 meses de cotización y sin responsabilidades familiares.
  • Víctimas de violencia de género y emigrantes retornados.

Cambios para Mayores de 52 Años

Para los mayores de 52 años, la cuantía del subsidio permanecerá en 480 euros, que representa el 80% del Iprem. Esta reforma asegura que estos beneficiarios continúen cotizando para su jubilación al 125% de la base mínima vigente, protegiendo así su futura pensión. Los trabajadores en este grupo de edad podrán recibir la ayuda de manera continua hasta alcanzar la edad de jubilación, siempre que se mantengan en situación de desempleo, no superen el umbral de ingresos establecido (75% del salario mínimo), renueven su solicitud anualmente y busquen activamente empleo.

Obligaciones para los Beneficiarios

Desde 2025, los beneficiarios del subsidio deberán presentar la declaración de la renta, incluso si sus ingresos no alcanzan el umbral mínimo para hacerlo (22.000 euros con un solo pagador). Si no presentan esta declaración, perderán el derecho a recibir la ayuda y su pago será suspendido. Sin embargo, la reforma elimina el mes de espera que antes era necesario tras recibir la última prestación contributiva, facilitando así el acceso a esta ayuda.

Compatibilidad con el Trabajo y Otras Ayudas

Una de las novedades más destacadas es que el subsidio podrá cobrarse mientras se trabaja, ya sea a tiempo completo o parcial, durante un periodo máximo de 180 días, sin que la cuantía del subsidio se vea reducida. Este subsidio tiene un carácter decreciente, comenzando en el 80% del Iprem durante el primer trimestre para quienes trabajen a tiempo completo, y reduciéndose al 5% a partir del quinto trimestre para aquellos con empleo a tiempo parcial.

Además, a partir de abril de 2025, se permitirá la compatibilidad entre el trabajo y la prestación contributiva, siempre que el salario anual no supere los 18.900 euros brutos. El subsidio por desempleo también podrá combinarse con otras ayudas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), la Renta Activa de Inserción y el Subsidio Extraordinario de Desempleo.

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